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Oportunidad para las empresas ante la escalada de la inflación en España

No es la solución definitiva a la crisis económica derivada la elevadísima inflación, pero si es una opción que permitiría ajustar temporalmente las necesidades de oferta y demanda laboral en estos momentos tan complicados de turbulencia económica.

El mecanismo RED es una nueva herramienta de flexibilidad interna que incorpora la recién aprobada reforma laboral y que tiene dos modalidades: sectorial y cíclica. La primera está pensada para cuando en un determinado sector de actividad se aprecien «cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras»; y la segunda, para cuando se constate «una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización».

Una crisis energética prolongada en el tiempo a causa de las tensiones inflacionistas motivadas por el conflicto bélico podría considerarse como una causa suficiente para activar la modalidad cíclica del RED. Al encarecerse los costes de producción debido al incremento de los costes energéticos, esta medida temporal podría aliviar las presiones sobre la oferta y demanda. Obviamente, no es la solución definitiva, pero sí supondría un alivio puntual a las empresas.

Sin embargo, comenzando el segundo semestre del año 2022, todavía no existe un ERTE ENERGÉTICO para este tipo de situaciones.

Hay que recordar que, tal y como establece la reforma laboral, la activación del mecanismo RED la decide Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministerios de Trabajo, Asuntos Económicos y Seguridad Social, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Y en el momento en el que el Consejo de Ministros dé el visto bueno a un RED determinado, las empresas pueden solicitarlo.

Eso, en el caso de la modalidad cíclica, ya que, en la sectorial, las organizaciones sindicales y empresariales pueden proponer a los ministerios implicados la necesidad de poner en marcha un RED. Pero, en el tipo cíclico, la decisión es exclusiva del Gobierno, en función de la coyuntura macroeconómica.

Una vez activado el mecanismo, las empresas podrían solicitar voluntariamente a la autoridad laboral la reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo, cumpliendo una serie de requisitos y beneficiándose de exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social, en línea con el modelo que se ha venido aplicando con los ERTES derivados de la pandemia COVID.

La duración de este tipo de ERTES varía en función de su modalidad. La modalidad cíclica tiene una duración máxima de un año, mientras que la sectorial puede durar hasta dos años (un año más dos prórrogas de seis meses cada una).

Además, los descuentos en las cuotas son superiores inicialmente en la modalidad cíclica, donde parten del 60%, mientras en la sectorial se sitúan en el 40% y están sujetos a acciones formativas de los trabajadores

En cualquier caso, el Gobierno se reserva la potestad de modificar los porcentajes en función de la situación económica.

Ante tal panorama, de subidas de precios de la energía, que repercute en los precios de los servicios y bienes que pagamos, requiere que se estudie la puesta en marcha de un RED de tipo cíclico para las empresas más afectadas por la escalada de los precios energéticos, y acotar los criterios para determinar qué compañías y en función de qué nivel de afectación podrían acogerse.

Francisco M. Gómez Marrero
Socio del Departamento Laboral de San Telmo Abogados y Economistas