Segunda

Oportunidad

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    El Texto Refundido de la Ley Concursal articula un mecanismo comúnmente denominado “Segunda Oportunidad” al que pueden acogerse aquellas personas físicas que hayan visto finalizar su propio procedimiento concursal sin haber podido cancelar todas sus deudas, de manera que puedan ser exoneradas las subsistentes bajo el cumplimiento de una serie de requisitos.

    De esa manera, se concede una “Segunda Oportunidad” a aquellas personas que hayan sufrido un revés económico en su vida profesional y puedan comenzar de nuevo, sin arrastrar las deudas derivadas de su actividad anterior.

    ¿A quién se aplica?

    A las personas físicas, tanto si son empresarios como si no, consideradas deudores de buena fe que carezcan de bienes suficientes para saldar todas sus deudas.

    Se considera deudores de buena fe a los deudores en los que concurran los requisitos siguientes:

    • Que su procedimiento concursal no haya sido declarado culpable
    • Que el deudor no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, o contra el derecho de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración del concurso

    Presupuestos

    Los presupuestos para que el Juzgado conceda la exoneración del pasivo insatisfecho tras la conclusión del procedimiento concursal son los siguientes:

    • Haber abonado los créditos contra la masa devengados durante el procedimiento concursal así como los créditos calificados como privilegiados por la administración concursal
    • Haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores antes de acogerse al procedimiento concursal
    • No obstante, si el deudor no hubiera intentado un previo acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores, podrá ver exoneradas sus deudas si además de los créditos contra la masa y privilegiados, hubiere abonado el 25% de los créditos ordinarios.

    Te queremos ayudar

    San Telmo es un despacho multidisciplinar que cuenta con un equipo de abogados y economistas especializados en derecho concursal, con capacidad para asesorar desde un punto de vista jurídico y económico, y que han participado en multitud de procedimientos como administradores concursales o como abogados y asesores del deudor.

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